El presidente de Filipinas, Benigno S. Aquino III, ha firmado la Ley de Privacidad de Datos 2012, que tiene como objetivo proteger la información de carácter personal recopilada por la administración pública y el sector privado.
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La portavoz presidencial adjunta, Abigail Valte, confirmó hoy jueves que Aquino había firmado la Ley de la República Nº 10173, es decir, la Ley de Privacidad de Datos, el 15 de agosto.
La nueva ley estipula la creación de la Comisión Nacional de Privacidad, que supervisará y garantizará la adaptación del país a los estándares internacionales en cuestión de protección de datos.
Estre las funciones más destacadas de esta comisión están la recepción de quejas, el inicio de investigaciones, la facilitación de los trámites para arreglar dichas quejas mediante procesos alternativos de resolución de disputas, la adjudicación de indemnizaciones en casos relacionados con la información personal, la preparación de informes sobre quejas y resultados de investigaciones iniciadas, así como su oportuna publicación.
El Gobierno nacional financiará a la comisión con una suma inicial de 20 millones de pesos (462.962 dólares).
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Sector financiero clave en protección de datos personales: IFAI. Con Oscar M Beteta
Tras la firma del convenio para fortalecer la protección de datos personales, Jacqueline Peschard, comisionada presidenta del IFAI, señaló que ahora existe una especialización en el tema la cual va más allá del Secreto Bancario. Y en cuanto a la propuesta de Peña Nieto como la transparencia y la rendición de cuentas, se tendría que realizar una reforma a la regulación del Instituto.
Tras la firma del convenio del Instituto Federal de Acceso a la Información y Protección de Datos y la Asociación de Bancos de México (ABM) para fortalecer la protección de datos personales, Jacqueline Peschard Mariscal, comisionada presidenta del IFAI, señaló que ahora existe una especialización en el tema la cual va más allá del Secreto Bancario.
En entrevista con Oscar Mario Beteta, Jacqueline Peschard Mariscal, detalló que el Secreto Bancario está relacionado con los datos de transacciones bancarias, inversiones, "todo lo que tenga que ver con los movimientos de bancos".
Mientras, la Ley de Protección de Datos Personales lo que protege es lo relacionado con información como domicilio, teléfono, nombre del usuario de los servicios bancarios "y sobre todo para que solamente se utilicen para aquel propósito para el cual fueron recabados los datos".
"Con mucha frecuencia vemos que datos que hemos dado a una institución bancaria se transfieren a bancos, o incluso a otros prestadores de servicios, para que nos ofrezcan los mismos, esto es algo que violentaría el consentimiento de los particulares que dieron datos solamente para un fin específico.
"Si hay una especialización, una particularidad en cuanto a que hay principios que rigen la protección de los datos personales y que van más allá del Secreto Bancario".
En ese sentido, Jacqueline Peschard dijo que todos los datos que tiene una institución bancaria, no solamente mis datos de cuenta o inversiones, es lo que protege adicionalmente la Ley de Protección de Datos Personales, "salvo que haya el consentimiento del particular".
"Lo que está establecido en ley, por ejemplo si la PGR en una investigación requiere de los datos o incluso el IFE, ahora que no aplica para el IFE el Secreto Bancario, puede efectivamente solicitar los datos porque están amparados en la ley respectiva.
"Lo que el Secreto Bancario protege es que no se debe de saber cuanto tengo yo invertido o cual es mi saldo bancario, pero los datos de donde vivo, como me llamo, etc., eso no estaban amparados por el Secreto Bancario, entonces es lo que se agrega y además no sólo de usuarios, sino de los empleados bancarios", agregó.
Y lo mismo con proveedores, ya que es una ley que ampara todo aquella base de datos personales que pueda tener una institución bancaria.
Asimismo, la Comisionada Presidenta del IFAI, aclaró que la medida entró en vigor desde el año pasado, pero a partir de enero de 2012 el Instituto empezó a ser ya autoridad reguladora y autoridad que garantiza los derechos de los usuarios en general para la protección de sus datos, "no solo en el sector financiero, sino en cualquier sector.
"El sector financiero es clave por la cantidad de transacciones que se hacen por los volúmenes de transferencias de datos, por eso es muy importante que en este sector tengamos este convenio".
Finalmente, en cuanto a lo que se busca en la nueva administración del virtual presidente Enrique Peña Nieto, como la transparencia y la rendición de cuentas a nivel federal, además de transparentar las relaciones económicas entre las autoridades y los medios de comunicación, aunque habrá que ver hasta donde llega la propuesta, Jacqueline Peschard Mariscal, dijo que si se tendría realizar una reforma a la regulación del IFAI para un mayor número de facultades.
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FUENTE:RadioFórmula
Nueva norma para Contadores vulnera la ley de Protección de Datos Personales
La ley 25.326 tiene por objeto la protección integral de los datos asentados en archivos, registros, bancos de datos, u otros medios técnicos de tratamiento de datos, sean estos públicos o privados, destinados a dar informes.
Fue sancionada en el año 2000, para garantizar el derecho a la intimidad de las personas, así como también el acceso a la información que sobre la misma se regule, de conformidad a lo establecido en el artículo 43, párrafo 3º de la Constitución Nacional. Sus disposiciones son aplicables, en cuanto resulte pertinente, a los datos de personas físicas y jurídicas.
Ahora, con fecha 18 de Julio del 2012, el Consejo Profesional de Ciencias Económicas de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (CPCECABA), ha emitido una norma que podría vulnerar lo establecido por dicha ley, al crear una estructura administrativa para el Control del Ejercicio Profesional, mediante “la verificación de los papeles de trabajo que respaldan la tarea profesional vinculada a la emisión de informes y certificaciones sobre los estados contables y toda otra documentación que se presente a legalizar”. (Resolución CD 63/2012)
Sabido es que el Consejo tiene la responsabilidad de certificar y legalizar las firmas de los matriculados que suscriban dictámenes, informes y trabajos profesionales en general. (Ley 466, art. 2° inc. j). Pero, a través de esta normativa el organismo parece ir más allá, al crear una estructura administrativa de “control” que tiene a su cargo la “verificación” de los papeles de trabajo que respaldan la tarea vinculada a la emisión de informes,certificaciones y toda otra documentación perteneciente al cliente que encargó el trabajo al profesional.
Es evidente que la norma adolece, por lo menos, de los siguientes defectos:
Es un avance sobre la responsabilidad individual del ejercicio profesional, que va más allá del criterio técnico y de las buenas prácticas propias del ejercicio de la profesión.
Es una contradicción con lo prescripto por el Código de Ética profesional en materia de secreto profesional, el cual establece que “La relación de los profesionales con sus clientes debe desarrollarse dentro de la más absoluta reserva”.
Y, Finalmente,impone a los matriculados, como condición de certificación, la vulneración de la confidencialidad de datos de sus clientes, contenidos en sus archivos y papeles de trabajo, protegidos por la ley 25.326.
Parecería que la norma no fue meditada lo suficiente, por lo cual lo mas prudente sería su suspensión hasta haber agotado un más concienzudo análisis. A menos que se pretenda convertir a la institución en una especie de Gran Hermano de las ciencias económicas. Ante lo cual los matriculados no tendrían otra opción que abstenerse de cumplirla.
FUENTE:Perfil.com
La Ley de Datos no evitó la crisis de las firmas
La Ley de Registros de Datos Públicos fue una de las prioridades de la revolución ciudadana. Pero casi dos años después de su aprobación, esta no cumplió con su objetivo fundamental: proteger la confidencialidad de la información personal de los ciudadanos.
Las falencias se evidenciaron tras el escándalo de las miles de afiliaciones y adhesiones fraudulentas en el registro de las organizaciones políticas ante el Consejo Nacional Electoral (CNE).
Dicha ley fue expedida en noviembre del 2010 y estaba en el paquete de leyes que fueron consideradas por la Asamblea de Montecristi como prioritarias. Es decir, que debían emitirse en un plazo de 360 días desde la aprobación de la nueva Constitución.
Allí se estableció que el Estado tenía la obligación de proteger toda la información considerada como personal, así como almacenar y cruzar los datos de cada uno de los ecuatorianos.
Con esta norma nació el Sistema Nacional de Datos Públicos, que hace unos meses lanzó la web Dato Seguro. Ahí reposa la información de las bases de datos de los registros de la Propiedad y Mercantil; del Servicio de Rentas Internas, de la Policía, de la Agencia Nacional de Tránsito, el Registro Civil, la Dirección de Aviación Civil y la Dirección Nacional de Espacios Acuáticos. También la del Consejo Nacional Electoral.
La idea es que toda la información de las instituciones públicas y privadas que manejen datos públicos, sea almacenada en el Sistema Nacional. Entre estos datos, precisamente, está la filiación política de una persona. Esta información, según la Ley de Registro de Datos, no puede ser pública ni divulgada sin la autorización expresa de la persona.
Pero los datos que posee el CNE no han tardado en alimentar este sistema. Según Fausto Camacho, ex vocal electoral, la base de datos de su organismo se creó recién en el 2010, por primera vez. El objetivo era evitar la doble afiliación política y garantizar los derechos de los militantes. La idea es que estos archivos guarden la confidencialidad de la información, para evitar posible discriminación o retaliación a la gente por su posición política e ideológica.
El CNE, donde estuvo Camacho terminó en sus funciones en noviembre pasado, sin que se haya concretado la interconexión con el Sistema Nacional de Datos Públicos. Esto empezó en este año, con el nuevo CNE, bajo la dirección de Domingo Paredes.
Por este motivo, el escándalo de las firmas falsificadas en el CNE, evidenció que la información política de los ciudadanos no está protegida, como era la intención. Incluso un funcionario del Consejo Electoral ha sido detenido por presuntamente “vender” la base de datos, para reinscribir a las agrupaciones políticas.
Cuando estalló la crisis de las firmas, a inicios de mes, el CNE habilitó una página web para que cualquier persona, solo con el número de cédula, pudiera consultar la militancia política de alguien. Quedó tan expuesto ese sistema que el CNE, a las pocas horas, debió introducir seguridades adicionales de protección.
Juan Carlos Solines, político y experto en comunicaciones, señala que en “la Constitución se establece que para recolectar, archivar y difundir los datos reservados, como la orientación sexual, filiación política, etc., de una persona debía haber una autorización expresa del titular de los datos. Para que el CNE pudiese recolectar y armar toda esta base de datos, debía tener el consentimiento expreso de las personas”.
Para el asambleísta Paco Moncayo, el problema no es que exista una base de datos, sino que no se la haya custodiado y se permita que cualquier persona acceda a ella con el número de cédula y su fecha de emisión. El asambleísta cuestiona que, en la aparente desesperación del CNE por dimensionar la magnitud de la crisis, haya sido tan ligero en el manejo de datos muy delicados como son los de carácter político. El artículo 6 de la Ley de Registro de Datos establece que “la autoridad que custodie los datos de carácter personal, deberá adoptar medidas de seguridad para proteger y garantizar la reserva de información”.
Solines asegura que si el Gobierno realmente quería proteger esta información personal, debió haber promulgado una ley de protección de datos públicos y no una de Registro. “En otros países quienes manejan los datos son agencias independientes, que se han enfrentado con el Gobierno incluso, cuando ha querido obtener información de la gente. Aquí hay una iniciativa del Ejecutivo, controlada por el Ejecutivo. La primera alerta ya se prendió con esto de las firmas falsas”.
Este Diario pidió una entrevista a la Dirección de Registro de Datos Públicos para conocer su versión. Pero se informó que la Secretaría de Comunicación no autorizó la entrevista. En respuesta, el vocero Fernando Alvarado contestó: “Posiblemente estén aplicando la política de no ofrecer entrevistas a ‘medios mercantilistas’ como fue anunciado en El Ciudadano hace un par de meses”.
LEER ARTICULO:http://www.elcomercio.com/politica/Ley-Datos-evito-crisis-firmas_0_760124166.html
FUENTE:El Comercio (Ecuador)
Lituania prohíbe a Google tomar fotografías de las calles
Lituania prohibió a Google tomar fotos de las calles y espacios públicos del país báltico para el proyecto Google Maps Street View, según informan agencias locales.
La Inspección Nacional de Protección de Datos (INPD) de Lituania considera que el proyecto viola el derecho a la vida privada de los ciudadanos.
La INPD argumentó su decisión alegando que las cámaras de Google instaladas en unos automóviles especiales podrían captar imágenes de personas sin su consentimiento.
Algunos analistas y políticos ya se manifestaron en contra de la prohibición de la realización en la antigua república soviética de este proyecto para guías de calles, que también había experimentado dificultades de autorización en el Reino Unido, Alemania y Suiza.
No obstante, Eligijus Masiulis, ministro de Comunicaciones y Transporte, apuntó que Lituania no puede ignorar el desarrollo de nuevas tecnologías de información y quedarse en la cola entre los países de la Unión Europea
URL:http://laprimeraplana.com.mx/2012/05/22/lituania-prohibe-a-google-tomar-fotografias-de-las-calles/
FUENTE:La Primera Plana