La Sibil-la Patrimonio de la humanidad.
El Canto de la Sibila (en catalán, Cant de la Sibil•la) es un drama litúrgico de melodía gregoriana que tuvo mucha difusión durante la Edad Media en el sur de Europa y que se interpreta de forma tradicional en la Misa de Gallo en las iglesias de Mallorca (entre las que destacan las interpretadas en el Monasterio de Lluc y en la Catedral de Palma) y en la Catedral de Alguer, ciudad de Cerdeña.
Precisamente, Mallorca y Alguer son los dos únicos lugares en los que el canto constituye una tradición que se prolonga desde la Baja Edad Media hasta nuestros días, habiendo quedando finalmente inmune de la prohibición acaecida en el Concilio de Trento, 1545 - 1563, y a cualesquier otra vicisitud. Precisamente por ello, el día 16 de noviembre de 2010 fue declarado por la UNESCO Patrimonio Inmaterial de la Humanidad.1 Previamente hubo sido declarado Bien de Interés Cultural (BIC) por el Consejo Insular de Mallorca el 13 de diciembre de 2004.
La Sibila es una profetisa del fin del mundo de la mitología clásica que se introdujo y adaptó al cristianismo gracias a la analogía que puede establecerse entre dicha profecía y el concepto bíblico del juicio final.
El testimonio más antiguo de la Sibila cristianizada y cantada en monasterios (aún no popularizada) lo aporta un manuscrito en latín del Monasterio de San Marcial de Limoges (Francia), en pleno Imperio Carolingio. En España el documento más antiguo que se conserva es un manuscrito visigodo de la Mezquita-catedral de Córdoba del año 960, perteneciente a la liturgia mozárabe. Del siglo XI data también el manuscrito de Ripoll redactado en latín, en el ámbito de la cultura litúrgica hispánica, siendo en poblaciones de la actual Cataluña, en donde en buena medida arraigaría.
El Canto de la Sibila constituyó pues una tradición cultural cristiana que tenía como tema central el juicio final que se emitiría sobre buenos y malos, es decir, sobre los fieles al Rey y Juez Universal, cuya llegada era anunciada desde la fiesta de su nacimiento en la condición humana. Inicialmente no fue propio de la Nochebuena actual.
El primer paso en el proceso de popularización fue la incorporación del canto en latín en las catedrales, por sus presbíteros. Así fue sucediendo en territorios occidentales del sur de Europa que actualmente forman parte de España, Francia, Italia y Portugal, llegando a Mallorca con toda seguridad, como consecuencia, en la época de la Reconquista, de la Conquista de Mallorca en 1229 por y para la Corona de Aragón, regida por Jaime I de Aragón o rey En Jaume.
La primera información de que se dispone del Canto de la Sibila en la catedral de Mallorca nos la proporciona la consueta de tempore, redactada también en latín entre 1360 y 1363.
Otros pasos en el camino de su popularización fueron la incorporación del canto en las Maitines de Navidad. En este sentido, a dicha consueta de tempore mallorquina se le incorporó un añadido o apéndice redactado en la segunda mitad del siglo XV, en concreto entre 1463 y 1468, que amplía la dramatización del canto de la Sibila, que podía ser interpretado en latín por presbíteros o por un niño ataviado hermosamente como una doncella con una espada, quien podía cantarla en latín o en catalán antiguo, lo cual informa del último paso para la popularización definitiva del Canto de la Sibila en Europa, que no es otro que la progresiva utilización de las lenguas romances en su interpretación.
Así, la versión más antigua con música (utilizando pentagrama) y redactada en catalán se conserva en un cantoral del siglo XV procedente del convento de la Concepción de Palma, custodiado en el Centro de Estudios Teológicos de Mallorca. En las mismas fechas se recoge en un "Lectionarium" de la Catedral de Barcelona, también con notación musical. No obstante, en Mallorca, no fue sino hasta el año 1511, cuando un clérigo de la Catedral de Palma, Monseñor Joan Font, redactó otra consueta, de la Sagristia, ya íntegramente en el catalán allí hablado.
Con el paso del tiempo, cabe suponer que fueron o bien un excesivo folclorismo o bien el no haber conseguido marcar esencias de expresión de fe en la comunidad creyente, los motivos de la desaparición del canto en lo que hoy es Francia, Portugal, Italia, salvo en Alguer y en el resto de España (Castilla, Aragón, Galicia y Cataluña), tras su prohibición por el Concilio de Trento finalizado en 1563.
En Mallorca, la prohibición del Canto de la Sibila en aplicación del Concilio de Trento se produjo en 1572, después de que en 1570, Diego de Arnedo, obispo de Mallorca, dejara la isla sin regresar jamás a ella, para promocionar en Huesca. Sin embargo, el posterior obispo, nombrado en 1573, Joan Vich i Manrique, natural de Valencia, condescendiente con las costumbres mallorquinas, propuso a un grupo de canónigos de la isla en 1575 la interpretación de canciones devotas (básicamente villancicos) entre los nocturnos de las Maitines de Navidad así como el restablecimiento del Canto de la Sibila en la Catedral de Mallorca. Tres años, pues, había durado el lapsus en el que el Canto de la Sibila no se interpretó en la Catedral de Palma. Parece que la condición del restablecimiento fue que no se difuminara el sentido profundamente religioso de la representación; lo que demuestra que la prohibición de la jerarquía nunca constituyó un imperativo absoluto y que el pueblo no defendía sus esencias al margen del arbitrio de la mitra en sus prohibiciones. Es más, el canto sibilino se representaba también en otros momentos distintos de la Nochebuena o Nit de Nadal, por ejemplo en las vísperas de las fiestas de algunos santos.
Aún hoy en alguna parroquia rural se mentiene su representación en las vísperas del día de la Epifanía (la Noche de Reyes), por ejemplo en la localidad mallorquina de Muro.
Otro episodio comparable se produjo en 1666, cuando el obispo foráneo Pedro Fernando Manjarrés y Heredia mandó que no se interpretara el Canto de la Sibila ni ninguna otra respresentación en sus iglesias, sin licencia escrita del obispado, so pena de excomunión mayor; si bien dicha norma de supervisión y control o policía nunca dio lugar a que el canto de la Sibila dejase de interpretarse. Su sucesión en 1671 por el mallorquín Bernat Lluís Cotoner supuso la vuelta de las aguas a su cauce.
El Canto de la Sibila cantado actualmente en Mallorca, parece tener como precedente directo un texto contenido al final de un libro de cofradías de 1600, que fue publicado el año 1901 por Estanislao Aguiló. É
ste es uno de los textos más antiguos, si no el que más, en el que aparece el personaje del Anticristo en el Canto de la Sibila, de cuyas características formales puede señalarse que no es una pieza literaria culta o sacralizada, pues son versos, a veces cojos, sobre los que ocasionalmente metían mano quienes enseñaban a los niños a cantarlos. Por su parte, el canto sibilino de la ciudad de L'Alguer es más completo que el de Mallorca.
El último paso evolutivo reseñable en clave de género, y que por tanto explica el actual Canto de la Sibila mallorquín, se produjo tras el Concilio Vaticano II, clausurado en 1965, cuando se admitió la presencia en el presbiterio de niñas o mujeres para hacer las veces de lectoras o monitoras, momento a partir del cual pudieron empezar a ejercer el papel conferido anteriormente a los niños varones.
Finalmente, cabe citar que recientemente se está intentando reintroducir el Canto de la Sibila, a saber, en la Catedral de Barcelona (2009), Basílica de Santa María del Mar (Barcelona), así como en la Catedral de Valencia y otras poblaciones de la actual Comunidad Valenciana, tales como Jaraco, Gandía y en Onteniente, en donde se interpreta en latín desde el año 2000.
Letra de la Sibil.la
Al jorn del Judici
parrà el qui haurà feyt servici.
Y todos responden eso mismo.
Un Rey vendrà perpetual
del cel quant may non fo aytal;
en carn vendrà certanament
per far del segla jutjament.
Responden todos así:
Al jorn del judici
parrà qui haurà fet servici.
E diu la dita cantora així:
(A)ns del judici tot anant
apparrà un senyal molt gran
la terra gitarà suor
e terminarà de gran pauor
(Aquí falta un folio)
Los puigs e.ls plans seran eguals;
aquí seran els bons e.ls mals:
els comtes, els reys e.ls barons
qui de lurs fayts retran raysons.
Al jorn del judici.
Hanc hom non féu res ten secret
no he dixé ne ho panset
que no sia aquí tot clar;
a no y porà res celar.
Al jorn del.
La Donhs no haurà hom talent
de riquesas, d'aur ni d'ergent;
no haurà hom de res desir,
mas ten solament de morir.
Al jorn.
Del morir serà tot lur talens;
adochs los glatiran les dens;
no y haurà qui no s'i plor;
tot lo món jaurà en tristor.
Al jorn.
Cascun cos s'arma cobrarà,
e bons e mals la donchs parran;
los bons iran ab Déu laxús
e.ls mals hiran a infern jus.
Responden: Al jorn del judici.
Los infants que nats no seran
dins en lo ventra ploraran;
e cridaran tot altament:
Senyor ver Déu omnipotent.
Al jorn del judici.
E dirà cascú així:
Senyor, hajes esser neient
que quan venim a jutgement.
Al jorn.
Déus dexendrà del cel sajús
axí con fo levat en crus
per judeus falsos e traidós,
que Déu los cresca lus dolós.
Al jorn del judici.
So és aquest que vós pangés
e en la creu lo claufiqués;
ar'és vengut al jutgement
lo Fil de Déu omnipotent.
Al jorn del judici.
Deus dirá a aycels dulcement
que duran prendra salvament:
Venits a mi los amichs meus
de tots perills..
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